El 100% del sueldo desde el primer día de baja

S.F.L.
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El Ayuntamiento de Briviesca aprueba para los funcionarios municipales el acuerdo con independencia de la duración y el carácter -permanente o temporal- de los contratos

Ayuntamiento de Briviesca. - Foto: Alberto Rodrigo

El Ayuntamiento de Briviesca saca adelante la propuesta de acuerdo de complementar al 100% las retribuciones de los funcionarios municipales en caso de incapacidad temporal. Hasta ahora, de este derecho solo se beneficiaba el personal laboral gracias a la aprobación en 2021 del convenio colectivo aplicable a este grupo y que resultó posible finalmente gracias al voto positivo de todos los miembros de la corporación. 

Dicho acuerdo implica que aquellas personas que se pidan una baja laboral derivada de un accidente de trabajo o enfermedad profesional cobren desde el primer día el 100% de su sueldo real, por el que se entiende la suma del salario base, antigüedad y el resto de retribuciones que tengan carácter repetitivo y periodicidad mensual.  También las que soliciten la incapacidad temporal por contingencias comunes de procesos que requieran hospitalización, intervención quirúrgica, enfermedades oncológicas y patologías relacionadas con el embarazo. Anteriormente se obligaba a abonar el 75% del salario durante los primeros 20 días de baja y a partir del vigésimo primero percibían el salario íntegro. Ahora será obligatorio presentar el justificante las primeras 24 horas desde que se solicita. 

Asimismo, Álvaro Morales, alcalde de la ciudad y responsable del área de Personal del Consistorio, recuerda que «para tener derecho a estas mejoras así como a la prestación por contingencia común, será preciso haber cotizado en la Seguridad Social al menos 180 días en el periodo de cinco años anterior al inicio de la baja». 

Este complemento retributivo, que sumado a la prestación del Régimen de la Seguridad Social alcanza un máximo del 100% de las remuneraciones previas al inicio de la inspección de trabajo desde el primer día de incapacidad, se realizará con todo el personal funcionario independientemente de si su paga supera o no la base de cotización máxima establecida en la Seguridad Social y con independencia de la duración y el carácter del contrato. 

El convenio colectivo aplicable al personal laboral consiguió salir adelante después de meses de trabajo. Sin embargo, en el caso del personal funcionario, que también estuvo sometido a negociación, no se alcanzó un acuerdo. No obstante, en todos los borradores venía contemplada esta complementariedad en la que siempre hubo un acuerdo entre el Ayuntamiento y los representantes, por lo que se ha sometido en reiteradas ocasiones a pacto, existiendo acuerdo entre los representes de ambas partes.