Jesús Quijano

UN MINUTO MIO

Jesús Quijano

Catedrático de Derecho Mercantil de la Universidad de Valladolid


El lío de las edades

19/09/2022

Se reabre cada cierto tiempo el debate de qué se puede y qué no se puede hacer antes de cierta edad o a partir de cierta edad. Últimamente, con ocasión de la reforma iniciada en la legislación de interrupción del embarazo, en la que se propone que muchachas de 16 y 17 años, menores de edad, puedan tomar esa decisión sin necesidad de consentimiento ni autorización de sus padres. Las opiniones al respecto están enfrentadas y se alegan argumentos de todo tipo. El principal, seguramente, de los favorables alega que con 16 años se puede contraer matrimonio, trabajar, consentir una relación sexual o un tratamiento médico, etc. El argumento contrario se relaciona sobre todo con la trascendencia de una decisión que, para quienes opinan así, implica algo más que la disposición sobre el propio cuerpo.
No entro aquí en la cuestión de fondo, en la que también pueden pensarse soluciones intermedias, como hay en otros países, en las que, cuando haya contraposición insalvable entre la menor embarazada y sus padres, prima la voluntad de la menor si quiere seguir adelante con el embarazo, pero necesita compartir la decisión con persona de confianza, o, en último extremo, autorización judicial informada. Lo que quiero señalar es la disparidad de edades que se exigen para ciertos actos, sin que, en muchas ocasiones, haya razones suficientemente concluyentes para ello.
Nuestra mayoría de edad está en los 18 años y, además, establecida en la Constitución, lo que no sé si es lo más adecuado por la dificultad de modificación que supone. Se hizo así para garantizar la uniformidad nacional al respecto, pues tiempos hubo en que la mayoría de edad dependía de la legislación foral existente en distintos territorios. Actualmente, en toda España, no se puede celebrar contratos, constituir garantías, votar en las elecciones, conducir vehículos, con algunos matices, consumir ciertos productos, etc., con menos de 18 años. Pero se puede asumir responsabilidad penal, incluso a partir de los 14, y todo eso que cité a partir de los 16. Y claro que hay aspectos discutibles en todo esto. La propia evolución social y cultural ha motivado variaciones con cierta frecuencia en cuanto a la edad exigida para ciertos actos. Quizá haga falta un debate actualizado y amplio sobre el asunto, y fijar criterios algo más homogéneos.