El juzgado anula la licencia para los festejos taurinos del año 2009

J.C.O. / Aranda de Duero
-

Considera que no se acreditó previamente que no existía riesgo para la seguridad del público y de los actuantes ni se condicionó el permiso al cumplimiento de ese requisito

Imagen del interior de la plaza de toros cubierta durante una sesión matinal de suelta de vaquillas. - Foto: DB

Los tribunales han vuelto a dar un nuevo varapalo al Ayuntamiento arandino y a Toros Ricor en la rocambolesca gestión de la plaza de  toros cubierta de la capital ribereña, aunque en este caso se trata más bien de una nueva victoria moral de la Plataforma Ciudadana por la Plaza de Toros puesto que el fallo judicial prácticamente no tiene efectos prácticos

El Juzgado Contencioso Administrativo Número 2 de Burgos  ha  anulado la licencia provisional aprobada por unanimidad por la Junta de Gobierno Local el 30 de julio de 2009, cuando gobernaba el PSOE en el Ayuntamiento, por la que se otorgó licencia provisional de apertura para la celebración   en el coso cubierto de los espectáculos taurinos de las fiestas patronales de ese año a Toros Ricor.

La coordinadora ha ganado este procedimiento, como ya lo hizo  con la licencia provisional de 2008, y según manifiestan sus representantes, dado que la licencia provisional otorgada también en 2011 ya con el PP al mando y sin considerar que un año antes, en base a otra sentencia que resolvía que no se podía conceder la licencia de apertura hasta dotar al coso de aparcamietno, se obligó al empresario a dar las corridas en una plaza portátil, «tuvo los mismos componentes irregulares y de no legalidad que las anteriores», es muy probable que siga el mismo camino y también sea declarada nula.

El magistrado ha estimado el recurso planteado por la plataforma, a la que confirma su legitimidad para iniciar los procedimientos judiciales relacionados con el coso pese a las alegaciones de la empresa taurina.

El fallo se basa fundamentalmente en que no se ha cumplido precepto legal que exige como requisito previo a la concesión de una licencia provisional  que no suponga riesgo para la seguridad personal del público, actuantes o el personal que preste sus servicios en ese local, bien mediante una certificación visada y suscrita por un técnico competente o condicionando la licencia al cumplimiento de ese requisito.

«Pero el Ayuntamiento demandado -advierte-  no hace ni una cosa ni otra, la concede incondicionalmente, aún sabiendo  que el lcoal tiene deficiencias puestas  de manifiesto por el jefe de bomberos en el informe del 6 de mayo». Asimismo recrimina que la certificación sí se aporta después de concedida la autorización, advirtiendo que «incluso aunque el técnico  municipal examinara el certificado y considerara el mismo incorrecto, eso carecería de relevancia alguna, porque de hecho la decisión ya ha sido tomada con independencia del mismo».

La sentencia no es  firme aún y cabe recurso de apelación ante el mismo juzgado en el plazo de 15 días.

Solución global

La plataforma, que prefiere esperar a estudiar la sentencia a fondo antes de valorarla públicamente y hacer consideraciones, sí ha expresado su desconfianza  hacia la «solución global» anunciada por el flamante equipo de gobierno tripartito para legalizar de una vez por todas las instalaciones, que hacer prever algunas concesiones al empresario.  Para la plataforma la única solución al problema «es la legal y no como se viene actuando desde el Ayuntamiento, a todas luces, de nuevo demostrado con esta nueva sentencia en su contra».