Acortan los trámites para reducir el plazo municipal de pago de facturas

Á.M. / Burgos
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Se ha activado la factura electrónica y se tasan los tiempos en la primera fase del proceso

No es la solución definitiva, pero sí un paso importante en la implantación en el Ayuntamiento de un sistema de pago a los proveedores que permita cumplir en tiempo y forma y, sobre todo, alcanzar el objetivo que marca la Ley: abonar las facturas de la administración en menos de 30 días.

Se trata de un decreto del alcalde fechado a 15 de enero en el que se recoge la llamada Instrucción de Tramitación de Facturas. Este procedimiento establece dos novedades: por un lado activa el registro electrónico de facturas (desde la web municipal se descarga el programa) y por otro establece unos plazos restringidos para proceder a la tramitación de cada factura. El problema es que esas condiciones no afectan a todo el procedimiento, sino a una parte.

Así, para las facturas que se ‘metan’ por el registro clásico, se establece en el decreto que tendrá que ser enviada a la oficina contable en un plazo máximo de 2 días hábiles, teniendo que pasar desde ahí a la unidad tramitadora (al servicio u área municipal concreta que deba revisar la factura) en un máximo de tres días. En ese momento la factura ya habrá llegado a manos de un técnico municipal (el que competa en cada caso) que deberá informar sobre la procedencia o no de abonar la cantidad reclamada, algo que deberá dejar resuelto en cinco días. De esta forma, se garantiza que diez días hábiles la administración ya haya informado sobre la existencia de la factura y sobre la obligación de pagarla.

Pero el decreto no va más allá y el procedimiento sí lo hace. Ese informe debe trasladarse a la Intervención General para que informe sobre la existencia de crédito para pagar. Después ‘viajará’ a Tesorería para que se den las oportunas órdenes de abono (si es que no se ha encontrado objeción de fondo o de forma a la factura en cuestión) y, entonces sí, se procede a pagar.

Esta segunda parte del itinerario no queda recogida en la Instrucción de Tramitación de Facturas, por lo que en realidad no existe una exigencia de que sean ventiladas en un plazo determinado que garantice el cumplimiento del plazo de 30 días. Lo que sí se hace es acortar algunos pasos, aunque no todos.

En el Ejecutivo local señalan que este es uno de los «muchos pasos que hay que ir dando para modernizar y adaptar los procedimientos», y asumen que será necesario continuar reestructurando la administración en otros ámbitos. Por ejemplo, señalan que «no es normal que existan 38 oficinas contables», casi tantas como servicios municipales, y abogan por la creación de «un máximo de una por cada Concejalía». Al final, simplificar significará agilizar siempre que se dote a los órganos resultantes del personal necesario.

En cuanto a la factura electrónica, en la web municipal está operativo (desde el día 15) el apartado que indica los pasos a seguir y acortan en dos días más (en el primer paso) los ahora tasados para el papel.