El informe autonómico abre la puerta a ubicar el párking en suelo rústico

J.C.O. / Aranda
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La Comisión Territorial de Medio Ambiente y Urbanismo ve adecuada la parcela propuesta si el Ayuntamiento considera que se justifica suficientemente el emplazamiento y existe interés público

Terrenos del término de La Regadera propuestos por Toros Ricor para ubicar un aparcamiento de 22o plazas. - Foto: DB

El equipo de gobierno del Ayuntamiento arandino ya tiene coartada, a la espera del informe jurídico municipal, para dar luz verde a la parcela del término de La Regadera propuesta por Toros Ricor para habilitar el aparcamiento de la plaza de toros, pese al informe contrario de la arquitecta municipal que cree que debe erigirse en suelo urbano y no hay interés público al estar vinculado  a una dotación privada. Y es que el dictamen solicitado a la Junta deja a la discrecionalidad del Ayuntamiento la resolución de la petición de autorización de uso excepcional en suelo rústico.

El informe de la Comisión Territorial de Medio Ambiente y Urbanismo, que no es vinculante, recuerda que para aprobar usos dotacionales de interés público debe acreditarse que se justifica la necesidad de emplazamiento en suelo rústico y que concurren circunstancias específicas de interés público.

De cara al primer requerimiento el Consistorio justificaba que la ubicación viene motivada por la imposibilidad de establecer una concesión en el subsuelo del espacio libre público de la unidad de actuación ARU-32 , tal y como se comprometió al eximir de realizar el párking bajo el coso, y por la proximidad al recinto taurino sin entrar a valorar si en el entorno hay suelo urbano disponible. El segundo lo argumentaba en que el estacionamiento no solo cubrirá las necesidades  de la plaza de toros, sino otras que precise el municipio, como aparcamiento de vehículos pesados o de disuasión para que no lleguen vehículos al centro.

La comisión considera adecuada la parcela, «siempre y cuando» queden acreditadas las dos citadas exigencias, pero deja la pelota en el tejado municipal ya que es una «apreciación que corresponde realizar al Ayuntamiento de Aranda».

La comisión refuerza su apoyo al estimar que en localidades que no disponen de espacio suficiente para aparcar en el suelo urbano y con importante afluencia de tráfico «resulta necesaria la realización de aparcamientos de buen tamaño».

Sin embargo, advierte de que aunque se documenta que la parcela linda con tres viarios públicos, dos son caminos agrícolas y el otro está en fase de urbanización  «por lo que el acceso debiera realizarse en condiciones óptimas de movilidad y seguridad». Asimismo alerta de que para calificarlo como dotación urbanística debe tener carácter público y la parcela es privada, «algo que debe ser tenido en cuenta a la hora de estudiar su viabilidad  como posible aparcamiento».

Al margen de una posible cesión, considera que el Ayuntamiento puede incluir en el PGOU el párking como dotación urbanística de uso y dominio público «como parece desprenderse de la justificación urbanística aportada». Un paso que el edil de Urbanismo, Alfonso Sanz, asegura no se ha iniciado aunque podría tenerse en cuenta más adelante. «En tal caso estaríamos ante un sistema general viario que puede emplazarse en cualquier clase y categoría de suelo», sentencia el informe.

Sanz defiende que en este procedimiento no hay nada extraño y esgrime que desde 2003 se han  aprobado unos 40 expedientes de usos excepcionales en suelo rústico con informes técnicos contrarios.