El mayor furtivo de la provincia podría ser doblemente castigado

P.C.P. / Burgos
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La Audiencia condena a Crescencio C.F. por el delito de usar métodos prohibidos (lazos) pero le absuelve de cazar ciervos sin permiso, lo que debe sancionar la Junta «si procede»

Agentes medioambientales y del Seprona se incautaron de más de un centenar de cabezas y cornamentas, así como material para preparar los lazos. - Foto: DB

Crescencio C.F. fue detenido en agosto de 2010 con 101 cabezas de corzo y 12 de ciervo, además de 71 cuernas y todo un arsenal de armas y herramientas en su casa de Pinilla de los Barruecos por agentes de Medio Ambiente y del Seprona, que llegaron a colocar cámaras para pillar al considerado el mayor furtivo de la provincia. Hoy,  ha sido castigado por los tribunales y podría ser sancionado también administrativamente por la Junta de Castilla yLeón.

El septuagenario recurrió la sentencia del Juzgado de lo Penal número 1 de Burgos, que le había condenado a pagar 7.200 euros de multa, por un delito de uso de medios prohibidos en concurso con otro de caza de especies en fechas no autorizadas. La Sección Primera de la Audiencia Provincial estima parcialmente sus argumentos y reduce la multa a 6.000 euros, al entender que los tribunales solo pueden penar la primera de las dos conductas.Sin embargo, abre la puerta a que la Junta de Castilla yLeón le castigue también, al ordenar que se comunique su absolución «a las autoridades administrativas para la incoación o reanudación del expediente sancionador si procediese».

Los magistrados consideran que no se le puede condenar por abatir ciervos sin permiso, puesto que «el corzo es un animal que como especie cinegética puede ser objeto de caza, con la debida autorización y dentro de los periodos reglamentariamente previstos» y elCódigo Penal exige que se trate de razas y días «expresamente prohibidos».

El furtivo, conocido como Chencho, queda también inhabilitado para la caza durante dos años y tendrá que indemnizar a la Sociedad de Cazadores de Hacinas con una cantidad a determinar en ejecución de sentencia, con un límite máximo de 5.000 euros. El Ayuntamiento de Pinilla de los Barruecos, en cuyo coto fueron hallados 9 lazos, no reclamó nada.

La Audiencia subraya en su resolución que el acusado usaba «una serie de artes prohibidas, como eran los lazos metálicos, los cuales colocaba en los cotos de caza con la finalidad de cazar corzos, interesándole únicamente los machos por su cornamenta, sin embargo con ello además de cazar hembras las cuales dejaba abandonadas, implicaba un riesgo para cualquier animal, puesto que en las trampas podrían quedar atrapados indiscriminadamente». Remarca que el número de trampas, cadáveres y trofeos hallados «pone de manifiesto la dedicación habitual a dicha actividad, a lo largo del tiempo, disponiendo de todo el material necesario para la preparación de los lazos metálicos, implicando un desprecio por la fauna y una actitud contraria a las reglas cinegéticas», concluye.

Finalmente, rechaza que fuese interrogado de forma inquisitiva durante el juicio, donde se apreciaron sus «evidentes contradicciones y explicaciones inverosímiles», y valida los registros de su casa y su todoterreno, que será decomisado.