La falta de demanda mantiene sin actividad el Servicio de Mediación

G. Arce / Burgos
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La Cámara, que defiende la idoneidad de esta vía para resolver los contenciosos mercantiles de las pymes y aliviar de trabajo a los tribunales, solo ha recibido dos consultas en un año

La cultura de la mediación no ha calado aún entre las empresas y los autónomos, ni entre los profesionales que les asesoran en sus conflictos societarios. Prueba de ello es que el servicio que la Cámara de Comercio puso en marcha hace ahora un año solo ha recibido dos consultas hasta la fecha y no ha llegado a actuar sobre ningún conflicto mercantil a petición de los propios afectados o porque haya sido derivado desde el Juzgado de lo Mercantil.

La falta de demanda es extensible a otros servicios de mediación camerales puestos en marcha en el último año y se atribuye, además de la ausencia de una cultura en este ámbito, a que es una fórmula «que no termina de convencer a los acreedores -principalmente los bancos- para resolver la problemática que llega a los juzgados, casi siempre vinculada con procesos de liquidación de empresas, situaciones preconcursales, entre otras», apuntan algunos expertos consultados al respecto.

Otros consideran que esta vía, muy implantada en la cultura anglosajona, choca con la actividad de los despachos que trabajan en este ámbito y cuyo objetivo, reconocen, pasa más por la defensa de los intereses del cliente que por cerrar un acuerdo entre iguales.

El Juzgado de lo Mercantil, que vio en su día en este servicio un alivio para su congestión de conflictos, no ha valorado su falta de uso. La mediación surgió de un acuerdo de colaboración firmado en su día entre el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y el Consejo Regional de Cámaras.

Gran ayuda

Desde la Cámara, por su parte, insisten en que cuentan con un equipo de 40 mediadores preparados y que este servicio puede ser de gran ayuda para las pymes y los autónomos con menos recursos que quieran evitar un conflicto judicial a la hora de solventar un conflicto mercantil.  

La Cámara cuenta con un reglamento interno para gestionar la mediación, que, entre otras cuestiones, establece una tasa de admisión de 150 euros para aquellas empresas que soliciten y utilicen el servicio, que se prestará de forma confidencial en la sede cameral o en el lugar donde determinen las partes en conflicto. Los honorarios de los mediadores elegidos se establecerán en proporción a la cantidad económica y la complejidad del litigio.

Los asuntos susceptibles de tratarse son múltiples, aunque todos enmarcados en el ámbito mercantil (discrepancias societarias, con proveedores, impagos, problemas de portes, de patentes, de alquileres o reclamaciones de todo tipo, entre otras). Este servicio no entra en el ámbito penal, familiar o en el que esté involucrada una administración pública.

Los acuerdos quedan plasmados en escritura pública o, si ha sido el juez el que ha forzado la mediación, en una sentencia judicial.