Esta rampa es una ruina

H. J. / Burgos
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El Ayuntamiento quiere cobrar 602 euros anuales a una vivienda de la Barriada Illera por ejecutar la entrada a su garaje excavando. Si la hubiera hecho ascendente solo pagaría 80

Ilógico. Injusto. Increíble. Indignante. A la vecina del número 85 de la calle Condesa Mencía se le acaban los adjetivos para describir lo que está viviendo con el Ayuntamiento de Burgos desde que en el año 2014 construyó su vivienda en la Barriada Illera.

Levantó una casa nueva y para aprovechar mejor el espacio ubicó el garaje en el sótano ejecutando una rampa de acceso directo desde la calle que desciende hasta el portón, en lugar de entrar a la cochera ascendiendo la pequeña franja de jardín en fuerte pendiente que separa las casas de la calzada. No era una solución nueva, pues otras tres viviendas de esa acera ya tenían rampa descendente, pero ella fue la primera en hacerlo tras la entrada en vigor del PGOU de 2014. Y resulta que ahora se ha llevado una sorpresa.

El Ayuntamiento de Burgos ha emitido una liquidación por valor de 602,40 euros, que a partir de ahora sería anual, en lugar de los 80,07 que le habrían correspondido de haber ejecutado la entrada hacia arriba. Y todo porque a este número 85 le aplica una ordenanza diferente.

La afectada, que prefiere no hacer público su nombre, explica que el criterio general había sido hasta ahora aplicar la ordenanza número 213 que regula la «utilización privativa o por el aprovechamiento especial de bienes o instalaciones del dominio público local». Las rampas ascendentes atraviesan la acera y por tanto se les cobra los mencionados 80 euros, incluso aunque no tengan placa de vado. Sin embargo a ella le aplican la 214 por «ocupación del subsuelo con destino a la construcción de garajes particulares». Y para calcular la tasa multiplican los 20 metros cuadrados de la rampa por el valor del metro cuadrado en esa zona (835 euros) y al resultado le aplican un coeficiente de 0,036. Total, más de 600 euros a los que además teme que se le sumen los 80 de la ordenanza 213.

La afectada reconoce que el garaje en el sótano le permitió ganar espacio en la parte superior pero insiste en que no ha utilizado el subsuelo para construir el garaje sino solo para el acceso, puesto que el portón está ya en su terreno.

Para más inri es trabajadora municipal, así que conoce bien el pesado y complejo funcionamiento de la administración y ha intentado convencer a los responsables de Patrimonio para que aplicaran el sentido común. No le ha servido de nada.

A los tribunales

La Comisión de Hacienda de este lunes rechazó su petición de revisión del acuerdo de la Junta de Gobierno que a su vez ya denegó un recurso previo, así que ahora solo le queda recurrir la liquidación de la tasa y, en paralelo, emprender una vía judicial que ya abrió a finales del mes de enero. Tendrá que gastarse su dinero pleiteando e insistirá en los tribunales que le deben aplicar la 213, pues además la rampa descendente es incluso más favorable para el interés general puesto que no interrumpe la acera cuando ellos sacan o meten los coches.

Le queda también una última ‘bala’ en el Tribunal Económico Administrativo, pero la propietaria del garaje asume que podría ser inútil y se prepara para embarcarse en abogados después de «noches sin dormir» dándole vueltas a argumentos que ella considera incuestionables. Al menos cuenta con el apoyo de la asociación de vecinos del barrio en esta particular cruzada contra la absurda rigidez de la norma. El resultado final tardaremos meses en verlo.