La alcaldesa tendría que bajarse el sueldo un 44% para cumplir la ley

N.L.V. / Aranda
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La reforma de la Ley de Bases del Régimen Local presentada por el Gobierno fija en 36.850 euros el tope salarial para municipios del tamaño de Aranda. Ahora cobra 54.354,82 euros

Los salarios y asignaciones a los concejales cuestan anualmente a las arcas municipales casi 268.000 euros. - Foto: DB

Los recortes que en el último año están afectando seriamente a los servicios públicos y, en consecuencia, a los ciudadanos, podrían  llegar ahora de forma drástica a la cúpula del Ayuntamiento. Y es que, si finalmente prospera la nueva redacción de la Ley de Bases del Régimen Local, cuyo borrador presentó hace casi un mes el ministro deHacienda, Cristóbal Montoro, la alcaldesa de Aranda podría verse obligada a reducir sustancialmente las retribuciones que percibe por ocupar, con dedicación exclusiva, este cargo. En concreto, para ajustarse a los topes salariales que determina este nuevo texto legislativo, Raquel González tendría que reducir en un 44% sus emolumentos.

La disposición adicional tercera de la ley, dedicada al Régimen retributivo de los miembros de las Corporaciones locales y del personal al servicio de las entidades locales establece una tabla con los topes salariales de los munícipes. Tomando como referencia el sueldo de un secretario de Estado, que en números redondos podría establecerse en 67.000 euros anuales, para municipios con una población de entre 20.000 y 50.000 habitantes, establece una retribución máxima del 55% de lo asignado al citado cargo público, lo que en euros se traduce en 36.850.

Esta cantidad se encuentra considerablemente por debajo de lo que el último presupuesto municipal aprobado por la Corporación arandina, el de 2012, contempla como sueldo para quien ocupe la Alcaldía. En estos momentos, los honorarios para este cargo son de 54.354,82 euros anuales, repartidos en catorce pagas de algo más de 3.880 euros cada una. Una cantidad bruta a la que se le realizan las correspondientes retenciones en función de las condiciones personales de quien ocupe el principal despacho del Ayuntamiento.

Se da la circunstancia de que la Alcaldía es el único puesto con dedicación exclusiva en el Ayuntamiento de Aranda desde hace casi una década. Aunque en el primer mandato en el que portó el bastón de mando el socialista Luis Briones (1999-2003) también se concedió exclusividad a la responsable de Promoción y Desarrollo, la entonces edil de Renovación Arandina Progresista Pilar García, en las tres corporaciones constituidas con posterioridad se ha liberado a ningún concejal, por lo que se ha optado por eliminar esta retribución de las previsiones de gasto.

Indemnizaciones

Mejor lo llevan el resto de miembros de la Corporación ya que, al percibir únicamente lo que se conocen como indemnizaciones por asistencias, no parece que se vayan a ver afectados por los topes salariales que quiere establecer el Ejecutivo de Mariano Rajoy. No obstante, hay que reconocer que sus percepciones aún se encuentran muy por debajo de las cifras que se contemplan en el texto presentado.

Los concejales con responsabilidades de gobierno, miembros de la junta de gobierno local y portavoces de los grupos políticos municipales tienen asignada una retribución de 163,15 euros por cada una de las asistencias. En total, y teniendo en cuenta que como máximo se les contabilizan seis al mes, su retribución mensual máxima es de 978,90 euros brutos. Para los ediles de la oposición, y a excepción de los portavoces de los grupos, que reciben la misma cantidad que los miembros del Ejecutivo local, las indemnizaciones establecidas son de 150,59 euros por cada asistencia, contabilizándose un máximo de cinco, por lo que en total, cada mes pueden percibir 752,95 euros brutos.

Cabe destacar que como asistencias cuentan igual las participaciones en comisiones ordinarias y/o extraordinarias, juntas de gobierno o plenos. Además, para que los munícipes puedan contárselas en su haber, y en consecuencia cobrar por su presencia, deberán acreditar su participación en, al menos, las tres cuartas partes de la sesión.