Oña y Pradoluengo recurren ante el TSJ el cierre de las guardias médicas

I.P. / Burgos
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Ambos ayuntamientos, así como el resto de los afectados por la supresión, reclaman el restablecimiento del servicio en aras al derecho a la protección de la salud de los vecinos

Vecinos de las localidades afectadas en una de las manifestaciones ante la delegación de la Junta. - Foto: Alberto Rodrigo

Los Ayuntamientos de Oña y Pradoluengo así como el resto de localidades afectadas han presentado recursos contencioso-administrativos ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León demandado la paralización o suspensión del cierre de las urgencias nocturnas en ambos puntos de atención continuada (PAC) que la administración regional llevó a afecto a partir del 1 de octubre sin que mediara ninguna orden o decreto de la Junta al respecto que justifique el por qué del cierre de dichos servicios médicos. Por ese motivo, los recursos se interpone contra la vía de hecho.

De igual manera, se insta al juez a que ordene a la Junta a la reapertura del servicio sanitario de urgencias nocturnas en los consultorios de Oña y Pradoluengo en los términos preexistentes con anterioridad al cierre o supresión. Previamente a estos recursos, los regidores habían presentado el 14 de febrero un requerimiento en la Junta de Castilla y León dando 10 días de plazo a esta administración para que restableciera las guardias nocturnas.

Aunque han seguido caminos diferentes (el recurso de Pradoluengo se ha presentado a través de los servicios jurídicos de la Diputación, mientras Oña ha contratado los suyos), los motivos argumentados han sido similares en ambos. Según consta en el recurso de Oña, el cierre de las guardias se considera ilegal al no estar justificado en ninguna instrucción el motivo por el que la Junta cierran dichos servicios médicos lesivos para la población o, al menos, no consta en poder del Ayuntamiento. Igualmente, se rechazan que sean motivos económicos los que han movido a la Junta a dichos cierres, porque van en contra de los derechos reconocidos y preexistentes de todos los pacientes y usuarios. Por otra parte, se adjunta acta notarial dejando constancia de que se supera en el caso de algunas localidades los 30 minutos que marca la Ley como máximo hasta el centro de referencia, que al cerrar Oña queda fijado en Briviesca, y  en el caso de la Demanda, en Belorado. Como han venido manifestando los alcaldes, en los PAC de Oña yPradoluengo se atendían a una población envejecida que ahora queda desamparada, y a varias residencias de ancianos. En este sentido, desde el Ayuntamiento de Oña se considera que la supresión de guardias nocturnas afecta muy negativamente a los usuarios del complejo de San Salvador, por lo que entienden que la propia Diputación tiene motivos más que suficientes para unirse a los contenciosos presentados por los ayuntamientos.