1.000 euros por dañar con el coche la escalinata de la Catedral

I. Elices / Burgos
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Condenan a un búlgaro que se precipitó con su coche por los escalones que dan a la Puerta de Pellejería. Iba en dirección prohibida, ebrio y a más velocidad de la permitida

El siniestro se produjo a las 10 de la noche del 27 de febrero de 2012 en esta escalinata. - Foto: Alberto Rodrigo

Cuando se incumplen no uno ni dos preceptos del Código de Circulación sino tres lo más lógico es que el conductor termine provocando algún accidente y que, con toda seguridad, acabe condenado por uno o varios delitos contra la seguridad vial. Es lo que le ha ocurrido a un ciudadano búlgaro que el 27 de febrero de 2012 cayó con su Honda Accord por las escaleras que parten de la calle Fernán González y desembocan en la puerta Puerta de Pellejería de la Catedral. Por suerte el turismo no alcanzó el templo, porque  si no a las infracciones que la imputó la Fiscalía se habría sumado la de atentado contra el patrimonio histórico artístico.

Con todo, al precipitarse por la escalinata provocó daños en la misma que el Ayuntamiento valora en 3.021 euros, que es la cantidad que demanda al causante del accidente, según la sentencia del juzgado de lo Penal 1 de Burgos, que retrasa hasta la fase de ejecución el establecimiento del importe exacto de la indemnización.

Los hechos ocurrieron a las 22 horas del 27 de febrero de 2012. El joven búlgaro había cogido el coche de su madre y circulaba en dirección contraria por la calle Fernán González y a mayor velocidad de la permitida, que en ese vía peatonal se sitúa en 20 kilómetros por hora. Perdió el control de su coche y terminó cayendo por las escaleras de piedra situadas frente a al Puerta de Pellejería de la Catedral. En la prueba de alcoholemia que le practicó la Policía Local arrojó una tasa de 0,54 miligramos de alcohol por litro de aire espirado.

Su abogado recurrió la sentencia que le condenó a pagar una multa de 1.620 euros (luego rebajada a 1.080). Alegó que su cliente no conducía ebrio y que el accidente se produjo porque «desconocía el callejero de la ciudad al ser búlgaro». Así, según el letrado, «confundió las escaleras de la Catedral con la incorporación a otra calle, tras lo cual frenó, pero no logró detener el coche por la naturaleza deslizante del pavimento y porque no tenía ABS».

Pero la Audiencia Provincial considera que su alcoholemia queda acreditada no solo por el resultado de la prueba objetiva sino por los testimonios de los agentes que se la efectuaron, quienes en el juicio declararon que el acusado «tenía el rostro congestionado, ojos rojizos y llorosos, pupilas contraídas, halitosis, hablar pastoso y dificultades de coordinación». Además el imputado debía haberse percatado, según el tribunal provincial, de que existía una señal de dirección prohibida y de que la velocidad estaba limitada a 20 por hora.