Los jueces unifican criterios el lunes para paralizar desahucios

I. Elices / G. Arce / Burgos
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Celebrarán una Junta tras el fallo que insta a parar desalojos por cláusulas abusivas

El proceso de Teo es uno de los que está pendiente de la decisión de los jueces. - Foto: Alberto Rodrigo

Entre los jueces de primera instancia burgaleses ya se había corrido la voz de que la sección segunda de la Audiencia Provincial trabajaba en una sentencia que daría lugar a la jurisprudencia que serviría de guía para afrontar los procesos de ejecución hipotecaria afectados por cláusulas abusivas. Por ello algunos juzgados, como el número 1 de Burgos, donde se dirime el caso de Teo -el más mediático hasta el momento- han esperado hasta ahora para pronunciarse. De hecho, aún no ha tomado una decisión, pues el próximo lunes hay convocada una Junta de Jueces en la que se unificarán criterios sobre el modo y el momento de paralizar procedimientos de ejecución hipotecaria.

En la provincia hay cerca de 900 procesos en curso de esta naturaleza, según recordaba el jueves la Audiencia Provincial. En el caso de Teo, el propietario de un piso en la calle Alfareros, el juzgado ya suspendió la subasta, que debió celebrarse el 2 de abril. Sin embargo, no hubo pronunciamiento sobre la paralización del proceso para entrar a analizar las cláusulas abusivas.

El fallo de la Audiencia, redactado por Juan Miguel Carreras, da la pista sobre el modo de proceder  a partir de ahora, pero tendrán que ser todos los jueces, el lunes, quienes lo decidan. Además, hay que tener en cuenta que la Ley de Medidas para la Protección a los Deudores, Reestructuración de la Deuda y Alquiler Social, aprobada el jueves, entrará en vigor pronto.

Carreras, presidente de la Audiencia, establece con su fallo que no podrá señalarse ninguna subasta ni ningún lanzamiento (desalojo) sin que antes el juez haya analizado y valorado si la escritura de la hipoteca contiene cláusulas abusivas.

La decisión «supone posibilitar un mecanismo jurídico-procesal para paralizar los desalojos hipotecarios». De este modo, se «armoniza el sistema hipotecario español vigente, sin perjuicio de futuras reformas legislativas, con la normativa comunitaria sobre cláusulas contractuales que puedan ser contrarias a los derechos de los consumidores».

La Justicia comunitaria, subraya la sentencia, «no tacha de contrario a la normativa el proceso hipotecario español, lo que critica es la imposibilidad de oponerse a la ejecución basándose en el carácter abusivo de una cláusula».