El TSJ niega ahora el derecho a cobrar el IBI de las autopistas

G.A.T. / Miranda
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Se apoya en la jurisprudencia sentada por el Tribunal Supremo en el recurso de Monasterio de Rodilla, lo que puede dejar a Miranda sin una media de 180.000 euros año desde 2005

La cantidad bonificada del IBI que debería pagar la AP-1 ronda los 180.000 euros anuales. - Foto: G.A.T.

Las arcas municipales, de momento, se quedan sin los 183.491 euros procedentes del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) del 2009 correspondiente a las autopistas AP-1 y AP-68, que pasan por suelo mirandés. Se rompe así lo que hasta ahora había sido un derecho reconocido por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en otras sentencia, que había dado la razón al Consistorio al reclamar que la Administración General del Estado compensara al Ayuntamiento por una bonificación del 95% de este impuesto que aplica.

Pero ahora, una nueva sentencia del TSJdesestima un recurso contencioso administrativo interpuesto por el Ayuntamiento referido a ese IBI de 2009, dándole la razón a la Administración General del Estado y negando el derecho del Ayuntamiento a cobrar el impuesto que por una decisión del Gobierno central se bonifica. La sentencia es firme, y además se basa en otro caso anterior referido a Monasterio de Rodilla, municipio al que el Tribunal Supremo quitó la razón, creando jurisprudencia, lo que implica que es probable que nunca más se cobre ese 95% del IBI a las autopistas si es que el Gobierno no anula la bonificación.

En número, si el Ayuntamiento pierde los recursos pendientes de los años 2005 a 2008, estaría al tiempo perdiendo unos ingresos globales de más de 741.000 euros, a razón de más de 180.000 euros año… y así en 2010, 2011, 2012… hasta el fin de las concesiones.

Y desde la plaza de España se es pesimista, ya que se entiende que ahora la Administración General del Estado se apoyará en la sentencia marcada por el Supremo para todos los casos, y el TSJ, en base a esa primera sentencia de Monasterio de Rodilla, aplicará la jurisprudencia, negando compensación alguna.

A todos

Y hay más, la medida aplicada a Miranda se podría extender a toda la provincia, cuyos ayuntamientos -la mayoría a través de los servicios jurídicos de la Diputación de Burgos- han reclamado igualmente ese dinero no percibido por culpa de los beneficios fiscales de los que disfruta la AP-1. Por ejemplo, el de Briviesca tiene reclamados en el Tribunal varios años a razón de más de 200.000 euros anuales.

También hay  un ‘paquete’ reclamado de forma conjunta por la Diputación de Burgos de más de 750.000 euros por año a repartir entre los ayuntamientos de Ameyugo, Bugedo, Cardeñajimeno, Castil de Peones, Cubo de Bureba, Fresno de Rodilla, Grisaleña, Monasterio de Rodilla, Orbaneja-Riopico, Pancorbo, Prádanos de Bureba, Quintanapalla, Quintanavides, Rubena, Santa Gadea del Cid, Santa María Ribarredonda, Santa Olalla de Bureba, Villanueva de Teba y Zuñeda.

Solución diferente

Si el TSJ explicaba en sus sentencias anteriores al pronunciamiento del Supremo que esta compensación que piden los ayuntamientos al Estado por eximir a las empresas a pagar el IBI era un derecho conservado en virtud de la propia Ley de Haciendas Locales, ahora, apoyándose en la doctrina marcada por el Supremo (un órgano judicial superior) se ve «obligado a llegar a diferente solución», se dice en el fallo.

Un cambio de criterios que se basa en los argumentos dados por el Abogado del Estado en defensa de las tesis ministeriales, aduciendo que «el mandato del artículo 9.2 de la Ley Reguladora de la Haciendas Locales no le es aplicable». Sentada jurisprudencia, parece que poco se puede hacer, lo que dejaría a Miranda, y por extensión al resto de municipios burgaleses afectados, sin unos notables ingresos, que en el caso de pueblos pequeños suponen un montante muy importante para poder mejorara sus ya escasos presupuestos ordinarios.