A merced del viento y de una llamada

P.C.P. / Burgos
-

El Seprona de la Guardia Civil repasa las acciones prohibidas por riesgo de incendio

El miércoles, el tubo de escape de un vehículo rozaba un matojo de hierba y provocaba un incendio en una finca particular de Villahoz. Fue el propietario -del coche y de la parcela- quien avisó rápidamente a los servicios de extinción y evitó que pasara de ser un conato. Bomberos de Santa María del Campo se ocuparon de sofocar las llamas, aunque no pudieron salvar el automóvil, que quedó calcinado.

Esa mañana, a las 13 horas, la temperatura estaba por encima de los 30 grados.También ayer, cuando una dotación de bomberos del Parque de Burgos se desplazaba a Humienta para intervenir en el incendio de unos troncos. EnRabanera del Pinar y en Miranda de Ebro intervinieron además efectivos de Medio Ambiente. La jornada, con un fuerte viento, se saldó sin graves incidentes pero mantuvo en vilo a todos los implicados en la lucha contra el fuego.

El Seprona de la Guardia Civil de Burgos recuerda que en 2014, entre el 1 de julio y el 15 de septiembre (la campaña se alargará este año hasta el 30)  ardieron más de 850 hectáreas en los 9 incendios forestales declarados en la provincia, frente a los 44 incendios no forestales.

Para evitar, en la medida de lo posible, que esas cifras se repitan insiste en las acciones o actividades que están prohibidas, a menos de 400 metros del monte:

- Utilizar maquinaria o equipos que generen o puedan generar fuego, deflagración, chispas o descargas eléctricas, tales como sopletes, radiales, soldadores, antorchas de goteo, etc.

- Transportar fuera de la red viaria, almacenar y utilizar materiales inflamables o explosivos.

- El uso de fuego en actividad apícola, excepto los ahumadores cuando el asentamiento apícola cuente con una franja perimetral libre de vegetación de 3 metros, cuenten con una mochila de agua con una capacidad mínima de 16 litros y un extintor ABC y el ahumador se encuentre en recipiente metálico con mecanismo hermético.

 - El empleo de asadores, barbacoas, planchas, hornillos eléctricos y de gas u otros elementos que puedan causar fuego, salvo que se encuentren situados dentro de edificaciones cerradas por los 4 lados y tengan una chimenea con apagachispas.

Se exceptúan los cámpings, campamentos de turismo y juveniles autorizados por la Junta.

-La quema de rastrojos al aire libre en terrenos urbanos o urbanizables a menos de 400 metros.

- Las cosechadoras que trabajen en la franja de referencia de los 400 metros, deberán encontrarse dotadas de matachispas y detenerse si la temperatura es superior a 30 grados y la velocidad del viento supera los 30 km/h.