Dos gasolineras exigirán dinero al Consistorio por suprimir las distancias

I. Elices / Burgos
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La de El Mirador tiene claro que reclamará compensación por el lucro cesante y Las Terrazas está estudiando acudir a los tribunales

La gasolinera de El Mirador fue perjudicada por la de Carrefour. - Foto: Luis López Araico

La sombra del caso Yrazusta, que costó al Ayuntamiento 3 millones de euros en indemnizaciones al propietario de la gasolinera de Villafría, planea por encima de las arcas municipales. La sentencia del Supremo que en la práctica anula la supresión de las distancias (900 metros) entre estaciones de servicio que llevó a cabo el Pleno del Ayuntamiento en febrero de 2008 puede acarrear a la ciudad un serio coste. Y es que no es solo un negocio el que puede reclamar compensaciones al Consistorio por lucro cesante. Son dos, la de El Mirador y la de las Terrazas. Ambas gasolineras conviven con otras dos construidas al albur de aquella reforma del Plan General aprobada para permitir la construcción de estaciones de servicio aun habiendo menos de 900 metros de distancia entre ellas.

El dueño de la gasolinera situada al lado del centro comercial Carrefour luchó para impedir la construcción del negocio de venta de combustibles propio de la marca francesa. Pero no logró nada. Ahora, Ricardo Alonso, tiene la oportunidad ser compensado por lo que ha dejado de ingresar desde que abrió el negocio de la competencia, hace ahora 2 años. Por ahora, sus abogados ya han presentado en los el juzgado de lo contencioso-administrativo sendas demandas para que el estudio de detalle de la estación de servicio sea anulado, así como la decisión del Pleno que anulaba las distancias.

El siguiente paso será presentar la demanda en la que reclamará una indemnización por el lucro cesante. En las próximas semanas se pondrá a hacer cuentas sobre qué cantidad de dinero ha dejado de percibir por la presencia del otro negocio. Según sus primeros cálculos su facturación en combustibles ha bajado un 40%. «Pero a ello tenemos que añadir todos los artículos de la tienda que hemos dejado de vender en este tiempo», indica. Quiere ser muy escrupuloso en la estimación de la cantidad y por eso prefiere no dar todavía ninguna cifra.

 Sabe perfectamente que si los jueces le dan finalmente la razón será la ciudad la que tenga que compensarle, no Carrefour. «Es injusto que por los desmanes de los políticos tengan que ser los ciudadanos los que paguen», afirma. Pero es lo que ya le pasó al Ayuntamiento en el caso de Yrazusta, cuya polémica también se originó porque el Ayuntamiento no cumplió el Plan General a la hora de impedir el establecimiento de otra gasolinera a menos de 900 metros de distancia.

Por su parte, Alberto Ruiz, propietario de la estación de servicio y el hostal Las Terrazas, está estudiando qué acciones legales iniciar para que el Ayuntamiento le indemnice por lo que ha dejado de ganar tras la apertura, en agosto de 2010, de la gasolinera de Aida en la carretera de Quintanadueñas, esquina con la calle Condado de Treviño.

Hay que recordar que fue él el que inició el proceso judicial contra la decisión del Ayuntamiento de suprimir la obligación de guardar distancias entre gasolineras, una condición que figuraba en el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de 1999. En las dos primeras instancias -ante un juzgado de lo contencioso y ante el TSJ- no le dieron la razón. Pero el Supremo se la dio en enero de este año.

Según el fallo, el Ayuntamiento conculcó el procedimiento ya que no se acreditó en el expediente que se requiriera conforme a procedimiento la elaboración de los informes preceptivos por Ley tanto a Diputación como a Fomento. El Consistorio basó su defensa frente al Supremo en que dichos informes no son vinculantes y en que sí se solicitaron aunque en el expediente no conste siquiera acuse de recibo.

Sin embargo, tal y como reza la sentencia, el Ayuntamiento no hizo «el menor esfuerzo por demostrarlo» y «se escuda en todo momento en el argumento formalista e inaceptable de que la norma no obliga a acuse de recibo». Dice además el magistrado que se vulneró el procedimiento y la garantía legal del mismo, por lo que declara nula la sentencia del TSJ y el acuerdo plenario que permitió, con el voto favorable de PP y SI, modificar el PGOU para eliminar dicha distancia.

El Ayuntamiento concedió  licencias a las dos estaciones de servicio mencionadas pese a que no guardaban la distancia de 900 metros que debía respetarse con otras ya existentes. Para soslayar el conflicto, se promovió, a instancias de una de las empresas de nueva implantación, una modificación del Plan para eliminar esa distancia ‘de seguridad’. Se trataba de adecuar la norma a otras leyes que pretendían fomentar una mayor competencia y que, por tanto, defienden el interés general por ser tendentes a lograr una reducción del precio del carburante.