El CSN requiere a Nuclenor información adicional sobre Garoña

ICAL
-

Las empresas responsables de la central nuclear burgalesa tienen hasta el 30 de septiembre para entregarla

El futuro de la planta sigue en el aire. - Foto: Luis López Araico

El Pleno del Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) ha aprobado en su reunión de hoy, con cuatro votos a favor y el voto en contra de una consejera, que formulará un voto particular, una Instrucción Técnica Complementaria (ITC) sobre la documentación y los requisitos adicionales asociados a la solicitud de renovación de la autorización de explotación de la central nuclear Santa María de Garoña (Burgos).

Nuclenor, titular de Garoña, presentó al Ministerio de Industria, Energía y Turismo el pasado 27 de mayo, en base al artículo 28.1 del Reglamento de Instalaciones Nucleares y Radiactivas (RINR) la citada solicitud, que fue trasladada al CSN para su evaluación y correspondiente informe preceptivo y vinculante.

Esta instrucción técnica establece una serie de requisitos, que pueden agruparse en las siguientes áreas temáticas:  una primera asociada a la actual situación de cese de operación; una segunda que tiene en cuenta aspectos relacionados con la operación a largo plazo y una tercera con las inspecciones o pruebas para verificar aspectos funcionales o de integridad estructural de la vasija del reactor. En cuarto lugar, se estiman las modificaciones de diseño derivadas de las lecciones aprendidas del accidente de Fukushima y de los resultados de las pruebas de resistencia europeas ante sucesos extremos mas allá de las bases de diseño,  así como de las acciones para mitigar las consecuencias ante la pérdida de grandes áreas de la central como consecuencia de actos malintencionados.

Del mismo modo, los requerimientos del organismo nuclear realizarán un análisis de seguridad de temas puntuales relacionados con el cumplimiento de la normativa técnica del CSN, así como de aquellos relativos a factores humanos y organizativos. No se olvida el organismo de las verificaciones previas a la carga de combustible nuclear en el reactor, incluyendo las pruebas de arranque y las modificaciones de diseño identificadas por el CSN en 2009 pero no requeridas por el cese definitivo de explotación.

Asimismo, los requerimientos contemplan más temas específicos relativos al cumplimiento de otras instrucciones técnicas del CSN de ámbito general para todas las centrales nucleares en operación.

 

Requisitos

Los requisitos más relevantes, que conllevan la necesidad de un análisis de los resultados de las inspecciones o la implantación de modificaciones de diseño antes de la carga de combustible, y que requieren apreciación favorable previa del CSN, contemplan en primera instancia la verificación del estado funcional y la integridad estructural de la vasija del reactor y de sus componentes.

Asimismo, el CSN demanda una inspección de la vasija del reactor para descartar defectos similares a los detectados en la central nuclear belga de Döel. Por ende, estima la necesidad de llevar a cabo un programa de inspección y seguimiento de las penetraciones del fondo de la vasija del reactor, donde se sitúan los tubos-guía de los mecanismos de inserción de las barras de control.

Junto a estas premisa entiende que es necesario la verificación del estado de los componentes internos de la vasija del reactor y el plan de inspección de las soldaduras circunferenciales de la misma.

 

Mejoras de seguridad

En cuanto a las  mejoras para reforzar las capacidades frente a accidentes severos, extraídas de las lecciones aprendidas en el marco del accidente de Fukushima cree conveniente la instalación de un Centro Alternativo de Gestión de Emergencias (CAGE), como lugar seguro desde donde dirigir una situación de accidente severo; un sistema de venteo filtrado para despresurizar y mantener la integridad estructural de la contención, evitando mediante los filtros la emisión de radiactividad al exterior de la central, así como la instalación de equipos recombinadores de hidrógeno en el edificio del reactor para evitar explosiones de este gas.

Con todo, anima a incorporar todos los requisitos de las Instrucciones Técnicas Complementarias derivadas de Fukushima, entre las que se contempla la instalación de un nuevo sistema para el tratamiento y control de los gases radiactivos en los diversos recintos y estructuras de la contención en caso de accidente, que cumpla en su integridad con los requisitos de separación física entre sus diversos componentes (filtros y paneles de control). 

Asimismo, recomienda la mejora del aislamiento de la contención primaria, como por ejemplo la instalación de válvulas en diversas tuberías que atraviesan dicha contención, para su sellado en caso de un hipotético  accidente. También, la mejora de la independencia de equipos y cables eléctricos que cumpla los criterios de separación física entre sistemas de seguridad y sistemas no relacionados con la seguridad, y cambiar el  sistema de protección contra incendios, mediante refuerzo de los equipos para la resistencia a sismos, instalación de compuertas cortafuegos y un nuevo trazado de los cables eléctricos y de control del sistema.

Los restantes requisitos se refieren a actualizaciones asociadas a la operación a largo plazo, entre ellas el denominado Plan Integrado de Evaluación y Gestión del Envejecimiento (PIEGE), análisis de seguridad de temas específicos relacionados con el cumplimiento de diversas Instrucciones de Seguridad del CSN, y demás temas técnicos específicos solicitados recientemente por el CSN a las centrales nucleares españolas en operación y que no resultaban de aplicación a la central de Garoña, por su situación de cese.

Esta instrucción técnica finalmente establece que Nuclenor deberá presentar ante el CSN, antes del 30 de septiembre de 2014, una previsión de fechas para el cumplimiento de todos los requisitos adicionales solicitados.