CaixaBank debe asumir la salida de una directiva de Caja de Burgos

G. Arce / Burgos
-

Una sentencia del TSJ reconoce el derecho de Rosa Pérez, responsable de la Obra Social de la Fundación, a acogerse a las bajas incentivadas acordadas por la entidad catalana

Rosa Pérez ha desarrolado su actividad profesional en la Fundación Caja de Burgos. - Foto: Patricia

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJ) ha desestimado el recurso de suplicación presentado por CaixaBank y confirmado el fallo del Juzgado de loSocial Número 2 que reconoce el derecho de la directora de la Obra Social y Cultural de la Fundación Caja de Burgos, Rosa Pérez, a acogerse a las bajas incentivadas de la entidad financiera catalana en las mismas condiciones que las pactadas para su plantilla.

La sentencia confirmada detallaba que la demandante, que está ligada a Caja de Burgos desde 1983 con un contrato indefinido y una retribución anual como directiva de 125.852,64 euros, tiene derecho a incorporarse a CaixaBank para que esta empresa «instrumente la extinción de su contrato como baja voluntaria incentivada en el proceso de despido colectivo conforme a los acuerdos firmados en Barcelona el 27 de marzo de 2013».

La afectada cursó esta solicitud el 24 de abril de 2013 para causar baja incentivada dentro del denominado colectivo C (acorde a su fecha de nacimiento), añadiendo que en el momento que fuese admitida su petición por CaixaBank procedería a causar baja en la Fundación Caja de Burgos «resolviendo su contrato sin derecho a indemnización alguna».

Al no recibir respuesta a su solicitud y no lograr el acuerdo en un acto de conciliación, reclamó este derecho ante los tribunales frente a CaixaBank y la Fundación Caja de Burgos. Una sentencia del Juzgado de lo Social Número 2 del 4 abril de 2014, recurrida posteriormente por CaixaBank, se lo reconoció.

En los fundamentos de derecho del fallo del TSJ, se apunta que «en la medida en que CaixaBank se subroga como consecuencia de la fusión en los derechos y obligaciones de Banca Cívica, CaixaBank se subroga en los derechos y garantías laborales reconocidos por Banca Cívica a los trabajadores de las cajas que, en el marco de la operación de segregación que realizaron las cajas a favor de Banca Cívica, permanecieron vinculados laboralmente a las cajas». La demandante se incluye dentro de estos trabajadores, a los que se reconoce el derecho a optar a prejubilaciones, bajas incentivadas o cualquier otra media de reestructuración en las mismas condiciones de los trabajadores que pasaron a Banca Cívica y que se beneficiaron de los acuerdos de 2013, planteados para 2.600 salidas.

El fallo, hecho público por el Consejo General del Poder Judicial, impone las costas a CaixaBank, 800 euros de honorarios para el letrado o graduado social de las partes, respectivamente.