El PSOE recibe un varapalo judicial por su recurso al bulevar de Gamonal

Á.M. / Burgos
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La sentencia sobre su contencioso administrativo por la adjudicación del proyecto considera que sus afirmaciones son «gratuitas» y no pasan de ser «mera especulación»

Los proyectos fueron expuestos en la Casa de la Cultura de Gamonal. - Foto: Patricia

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Burgos ha tumbado el recurso de los concejales del PSOE en el Ayuntamiento de Burgos contra el acuerdo de la Junta de Gobierno que, a su vez, desestimó las ‘objeciones’ de los socialistas a la adjudicación de la redacción del proyecto del frustrado bulevar de Gamonal. La magistrada confirma en su fallo que aquella decisión fue conforme a derecho, rechaza una por una todas sus pretensiones y considera que no plantearon serias dudas de hecho o de derecho que justificaran el auxilio de la Justicia, motivo por el que, además, carga todas las costas procesales a los ediles.

El PSOE solicitaba que fueran anulados todos los actos administrativos relacionados con esta adjudicación, y lo hacía tratando de sostener dos acusaciones. La primera era la presunta violación del anonimato exigido en el proceso (al que se presentaron ocho propuestas) y la segunda que el proyecto elegido incumplía el objeto del concurso al no incorporar actuaciones urbanísticas en la integridad del tramo de calle Vitoria que discurre entre el cruce con avenida de la Constitución y la calle Juan Ramón Jiménez.

Sobre la considerada «cuestión principal», la referida a la presunta vulneración del anonimato, la sentencia recorre todo el proceso de selección y concluye que «en ningún momento se ha vulnerado el requisito de anonimato», añadiendo que no se conoció «la identidad de ninguno de los autores de los proyectos o plicas presentadas hasta la elección de la propuesta ganadora», que fue Gamonal-Capiscol Residencial, elaborada por MBG Ingeniería y Arquitectura S.L.

Es más, la magistrada abunda en que dicho anonimato se mantuvo durante la exposición pública de los proyectos (entre el 22 de noviembre y el 9 de diciembre de 2011) «sin que la parte actora denunciara lo contrario durante ese proceso». Esto es, el PSOE esperó a conocer el adjudicatario para decidir impugnar el procedimiento, pero hasta entonces calló sobre las presuntas irregularidades que luego, sabiendo qué estudio elaboró el proyecto, sí llevó al juzgado.

Los socialistas apuntalaban esta acusación en el hecho de que MBG hubiera elaborado un boceto de qué se podría hacer para poner en valor la campa del Silo que, según su versión, fue mostrado meses antes por el Consejo de Barrio de Capiscol a tres personas que posteriormente formaron parte del jurado. De esta forma, concluyeron que, al ser incluida esta mejora del Silo en el Plan Director propuesto para Gamonal, se rompió el perseguido anonimato.

Acusaciones «gratuitas»

Pues bien, la sentencia aclara que de los informes y registros municipales investigados no se desprende en modo alguno que el Consejo entregara documentación relativa a este proyecto en esos encuentros, como «tampoco existe constancia de que ninguno de los miembros del jurado conociera la autoría» del proyecto. A más, abunda en que ni siquiera se acredita que «hubiese una plena identidad» entre el boceto del Consejo y la oferta del proyecto y que, aunque «el recurrente entiende que la identidad del ganador era conocida por 3 de los miembros del jurado, éste estaba formado por 10 miembros y el secretario, habiéndose adoptado la decisión final por unanimidad».

El PSOE, en base a ese argumento, llegó a cuestionar la originalidad de la propuesta, a lo que la sentencia responde que «ninguna de las cláusulas que rigen el concurso» exigía dicha originalidad, «por lo que difícilmente el mismo puede entenderse ahora vulnerado». Así que, concluye la sentencia sobre estas acusaciones, «no dejan de ser gratuitas si tenemos en cuenta que no se ha practicado prueba alguna documental o testifical que lo acredite y permita que esa afirmación pase de ser una mera especulación».

Por último, y en relación al ámbito de actuación del proyecto, el fallo recoge que el PSOE «no ha practicado prueba alguna tendente a acreditar la realidad de este motivo de impugnación». Es decir, que ni siquiera defendió su propio argumento.

Así, la jueza se remite al informe elaborado en su momento por el ingeniero municipal en el que se  reflejan hasta cinco cambios urbanos relevantes que, según el PSOE, no se daban en el tramo entre la Real y Antigua y Juan Ramón Jiménez. Entre ellos, la construcción de carril bici, la supresión de la rotonda de Eladio Perlado, la reforma integral del entorno de la iglesia o el nuevo trazado en la totalidad de las aceras y calzadas.