El Procurador insta a que los descuentos en Deportes no obliguen a empadronarse

G.G.U. / Burgos
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La institución entiende que exigir a las familias numerosas que acrediten residencia para optar a las bonificaciones es un agravio

El Procurador del Común, el defensor del pueblo en Castilla y León, ha emitido una resolución en la que pide al Ayuntamiento de Burgos que anule el requisito de estar empadronado en la capital para que las familias numerosas poder acceder a las bonificaciones y exenciones previstas por el Servicio de Instalaciones Deportivas para este colectivo. Javier Amoedo considera que esta exigencia del Ayuntamiento de Burgos «produce la restricción en el disfrute de unos beneficios reconocidos por la ley a sus titulares» y le pide que comunique antes del final de marzo si la acepta o la rechaza.

En su resolución, Javier Amoedo esgrime los argumentos que le han llevado a concluir que el Servicio Municipal de Deportes tiene que promover los cambios normativos pertinentes para eliminar este requisito. Y en primer lugar, aduce que los beneficios reconocidos a las familias numerosas tienen por finalidad la de «contribuir a promover las condiciones para la igualdad de sus miembros sea real y efectiva en el acceso y disfrute de los bienes económicos, sociales y culturales». Y, de hecho, recalca que así se establece de forma expresa en la ley de Protección a las Familias Numerosas, la misma normativa que indica que la Administración está obligada a aprobar bonificaciones y exenciones para que las familias de más de cinco miembros puedan usar los servicios deportivos, entre otros muchos.

En este sentido, el procurador recuerda que la condición de familia numerosa se acredita a través de una serie de documentos sobre el parentesco, la convivencia, la edad, la capacidad económica o la residencia. Y añade que una vez que se ratifica la veracidad de esta documentación, se expide un título que, según destaca Amoedo, surte efecto desde la fecha de la presentación de la petición o la del reconocimiento o renovación del título oficial y hasta que finalice la concesión o hasta que haya que modificar la categoría de la familia o, también, hasta que cambien las condiciones exigidas para ser familia numerosa.

Y, dado que la ley no cita el empadronamiento como requisito para que las familias numerosas puedan acceder a bonificaciones, el defensor cree que tampoco puede hacerlo el Ayuntamiento. Amoedo cree que la ley reconoce de forma general el derecho de las familias con tres o más hijos a beneficiarse de los descuentos y, además, destaca que puede haber casos de afectados que acudan a Burgos de manera ocasional o que vivan en poblaciones próximas y trabajen en Burgos. «Sin necesidad de estar empadronados podrían desarrollar en esta ciudad actividades de manera habitual u ocasional [...] y que contribuyan al sostenimiento de la hacienda local», afirma.