Tráfico guardará 7 días las grabaciones para favorecer investigaciones policiales

I. Elices / Burgos
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Ahora solo se conservan 24 horas. La capacidad de almacenamiento de imágenes se ampliará, pues es limitada.

La capacidad de almacenamiento de imágenes del Centro de Gestión de Movilidad del Ayuntamiento está prácticamente agotada y el Consistorio no puede conservar más de 24 horas los vídeos que graban las cámaras de tráfico distribuidas a lo largo y ancho de la capital. Esos dispositivos transmiten en directo y son de gran utilidad para conocer al segundo qué problemas de circulación presentan las distintas calles de la capital. De este modo, los técnicos tienen margen de maniobra para reprogramar las fases de los semáforos en función de las distintas necesidades o para enviar agentes locales allí donde los atascos o retenciones requieran urgentemente su presencia.

Por tanto, las cámaras son muy beneficiosas para solucionar en pocos segundos problemas de tráfico inmediatos. Pero también son de gran utilidad para resolver a más largo plazo accidentes de tráfico y atropellos. Si la Policía Local interviene en ese momento y pide las grabaciones antes de que transcurra un día podrán ser revisadas. Pero si un siniestro termina en denuncia ante el juzgado, las partes no tienen capacidad de maniobra para solicitar esas imágenes al Ayuntamiento en menos de 24 horas. Y terminan siendo borradas cuando quizás hubieran podido aclarar un suceso. Es lo que ocurrió, por ejemplo, el 28 de septiembre de 2014, cuando un coche arrolló a una menor en un paso de cebra de la calle Madrid. El conductor se fugó y la niña fue socorrida por un joven que la trasladó con sus amigos hasta la Plaza de San Agustín. Días más tarde su familia denunció los hechos, cuando la chica mostró síntomas  médicos que atribuyeron al atropello. Pues bien, era tarde para contar con imágenes que dieran fe de su versión.

Por ello el Ayuntamiento, según el concejal delegado de Tráfico, Ángel Ibáñez, va a incrementar la capacidad de almacenamiento de imágenes del Consistorio, con el fin de que las grabaciones de las cámaras de tráfico, que son 56, puedan conservarse al menos una semana. El edil del PP admite que hace años «podían mantenerse incluso más de 20 días», pero ahora es imposible «porque en la ciudad operan muchos más dispositivos que antes, entre los que figuran las cámaras de videovigilancia en las zonas de ocio».

Las cámaras de tráfico también pueden servir para resolver otro tipo de delito, siempre y cuando solicite las imágenes la autoridad judicial. Ángel Ibáñez explica que la normativa (Ley Orgánica 4/1997 por la que se regula la utilización de videocámaras por las fuerzas y cuerpos de seguridad en lugares públicos) «es muy restrictiva y solo permite que las grabaciones que efectúan los dispositivos de tráfico sirvan para resolver situaciones relacionadas con la circulación de vehículos». Atropellos, colisiones e incluso destrozos de mobiliario urbano -bancos, farolas, vallas o semáforos- por el impacto de algún vehículo.

En algunas ocasiones la Policía Nacional y la Guardia Civil «han solicitado grabaciones de alguna cámara por si hubiera captado un atraco o un tirón de bolso a una mujer y se les han denegado», explica el edil. Ahora bien, «si un juzgado las solicita -arguyendo que no se vulneran las leyes de protección de datos y del derecho a la intimidad, el honor y la propia imagen- el Ayuntamiento está obligado a entregárselas». Y ahora que van a conservarse durante una semana, las fuerzas del orden tendrán más tiempo para llevar a cabo el requerimiento al juez de guardia y que éste decida si ha lugar o no usar las imágenes de las cámaras de tráfico.

Es la misma Ley Orgánica -la 4/1997- la que regula la instalación de las cámaras de tráfico y las de videovigilancia (las 16 que funcionan para captar peleas nocturnas). Sin embargo, el trámite para colocar las primeras es menos garantista que para las segundas.  Éstas han de ser autorizadas por el delegado, previo informe de una Comisión cuya presidencia corresponde al presidente del TSJ. La instalación de las de tráfico, según la disposición adicional octava de la misma norma, se efectúa por la autoridad encargada de la regulación de la circulación, es decir, el mismo Ayuntamiento. «Pero claro, el uso de las grabaciones se circunscribe al ámbito del tráfico», aclara el concejal. Además, advierte, «si las imágenes son tomadas como prueba sin permiso judicial podrían ser anuladas en un juicio».