La defensa de Ana Julia Quezada no quiere un jurado popular

Europa Press
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Cuestiona su imparcialidad y estudia recurrir el auto de procesamiento por asesinato y delito contra la integridad moral para conseguir que la asesina confesa del niño Gabriel Cruz sea enjuiciada por un tribunal profesional

El letrado que ejerce la defensa en el procedimiento penal por la muerte violenta del niño de ocho años Gabriel Cruz, ha cuestionado este lunes que un jurado popular pueda juzgar "con imparcialidad" a la autora confesa, Ana Julia Quezada, y ha trasladado que estudian recurrir el auto de procesamiento para que sea enjuiciada por un tribunal profesional.

"Entendemos que un jurado popular conculcaría su derecho a un proceso con todas las garantías dada la enorme repercusión mediática del caso", ha indicado el abogado Esteban Hernández Thiel al término de la comparecencia celebrada en dependencias del Juzgado de Instrucción 5 de Almería.

En declaraciones a los periodistas, Hernández Thiel ha asegurado que el crimen del pequeño Gabriel "es uno de los que más interés mediático" ha despertado en España y ha remarcado que creen "muy difícil" que Quezada, en prisión provisional, pueda ser "juzgada con imparcialidad" por un jurado popular.

"Estamos valorando solicitar que sea por un tribunal profesional ya que entendemos que podría aumentar las garantías de que efectivamente sea un juicio imparcial", ha insistido.

Hernández Thiel ha expresado, asimismo, su disconformidad con la calificación de los hechos como asesinato del subtipo agravado y, por tanto, penado con la prisión permanente revisable, que han hecho las acusaciones ante el juez instructor, y ha apuntado que entiende que se trataría "de un homicidio imprudente o, en todo caso, un homicidio".

"Es evidente esto si atendemos a la declaración que ha hecho ella", ha asegurado el abogado, quien también ha mostrado su discrepancia inicial con los dos delitos contra la integridad moral de los padres del menor que se le imputan, asimismo, a Ana Julia Quezada. "Su relato está bastante claro, ha prestado colaboración y eso lo tendrá que valorar un tribunal profesional", ha reiterado.

 Con respecto al sobreseimiento del delito de detención ilegal por el que ha sido investigada, Hernández-Thiel ha afirmado no sentirse "sorprendido" por la decisión adoptada por el magistrado Rafael Soriano.

"Viene a confirmar que la declaración que hizo Ana Julia Quezada al principio pues se corresponde con cómo acontecieron los hechos", ha manifestado en relación a las aseveraciones en las que su patrocinada contó a la Guardia Civil y al propio juez instructor que se había tratado de un "accidente".

El letrado, tras señalar que no han solicitado nada durante la comparecencia, no ha avanzado, sin embargo, si va a interesar la práctica de diligencias de prueba complementarias en el plazo de cinco días que ahora concede la ley ni ha confirmado que, entre estas, se incluya un informe psicológico sobre el estado mental de la autora confesa de la muerte.

Por último, ha calificado de "sorprendente" dada "la gravedad de los hechos" la "rapidez" con la que se está instruyendo el procedimiento y ha valorado el trabajo del juzgado. "No puedo sino elogiar la celeridad de la instrucción, ojalá todos los casos se llevasen con esa celeridad, y el juzgado ha trabajado correctamente con independencia de que discrepemos de sus resoluciones, su fundamentación o sus valoraciones de los hechos", ha concluido.

El Juzgado de Instrucción 5 de Almería ha comunicado a Ana Julia Quezada que un jurado popular será el encargado de juzgarla por la muerte del menor Gabriel Cruz en una sesión en la que las diferentes acusaciones han expuesto la relación de hechos que consideran acreditados así como los delitos que se derivan de los mismos.

A lo largo de la misma, la Fiscalía de Almería solicitó que la investigada sea juzgada por la comisión de un delito de asesinato y dos delitos de lesiones psíquicas a Ángel Cruz y Patricia Ramírez, los padres del menor fallecido, mientras que la acusación particular que representa a los padres consideró a la detenida autora de un delito de asesinato y de dos delitos contra la integridad moral.

Por su parte, la Asociación Clara Campoamor, personada en la causa como acusación popular, sólo le acusa del delito de asesinato, también del subtipo agravado por ser la víctima un menor de 16 años.

De acuerdo con la Ley del Jurado Popular, el juez instructor deberá emitir un auto de apertura de juicio oral una vez que las diferentes partes personadas presenten sus escritos de acusación y defensa. Posteriormente, las diligencias se remitirán a la Audiencia Provincial de Almería donde el magistrado-presidente del tribunal que resulte designado habrá de redactar un auto de hechos justiciables que recogerá los hechos por los que será juzgada la presunta autora de los mismos.