Hallar un equilibrio en la convivencia entre los conductores y la circulación de vehículos, los peatones y el movimiento de mercancías es un objetivo prioritario de la Ordenanza Municipal de Circulación, Movilidad y Transporte.
Entre las novedades de esta normativa -cuya propuesta de aprobación inicial se va a votar esta mañana en el Pleno del Ayuntamiento- cabe destacar que establece en 20 kilómetros por hora el límite de velocidad para las vías ciclistas, «segregadas físicamente del resto del tráfico de vehículos y de las zonas destinadas a peatones y vehículos, únicamente podrán ser utilizadas por personas en bicicleta o en patines o monopatines» y a 10 kilómetros por hora las aceras-bici «itinerarios marcados en aceras y zonas peatonales donde los ciclistas circularán dentro de la banda señalizada y los peatones tendrán siempre prioridad en los cruces. También se impone que «los ciclistas deberán dejar una distancia de seguridad de 1,5 metros al cruzarse con el peatón en las intersecciones». Y otro detalle más; se establece que cuando se efectúe un cruce de calzada, siempre que no haya pasos específicos para bicicletas paralelos a los pasos de peatones, los ciclistas deberán apearse de la bicicleta y cruzar los pasos conduciendo la bicicleta a mano.
Quien incumpla el articulado, podrá ser multado con 100 euros (infracción leve), 200 (grave) o 500 (muy grave). De hecho, la Policía Local, antes de la aprobación de esta Ordenanza, ya tiene competencia para poder multar a los ciclistas pidiéndoles el DNI y amparándose en la Ley de Seguridad Vial. Y ya se han impuesto algunas sanciones, según confirmaron ayer fuentes de la Policía Local.
Otra de las novedades es la creación de un servicio municipal de registro de bicicletas con fines de seguridad y las normas de uso del sistema Bicibur.
El concejal de Movilidad, Esteban Rebollo, recordó ayer en la presentación de a los medios de la Ordenanza que el texto es fruto del trabajo de varias concejalías y de la participacion de colectivos y asociaciones como FAE, FEC o Fedisfibur. «El Ayuntamiento está realizando una decidida apuesta por modificar el modelo de ciudad y apostar por uno más amable, sostenible y seguro. Para ello, además de actuar sobre zonas peatonales y la mejora del transporte público, se están llevando a cabo diversas medidas tendentes a fomentar el uso de la bicicleta y así disminuir el uso de vehículos privados», resumió. También hizo hincapié en «el papel preponderante que otorga al peatón».
Una vez que se apruebe el texto inicialmente, deberá pasar el periodo de exposición pública (un mes). Si hay alegaciones, habrá que resolverlas y, para terminar, aprobarla definitivamente. Eso será en el año 2011.
Los siete títulos
I. Disposiciones generales: Objeto, competencias y ámbito de aplicación. Conceptos y definiciones.
II. Planificación, regulación y ordenación del tráfico: Planificación, regulación y ordenación. Vigilancia, disciplina y sanción. Los medios técnicos para la asignación de servicios en la ordenación, regulación y disciplina del tráfico, la movilidad y el transporte urbanos.
III.Peatones y zonas peatonales: Tránsito peatonal. Prioridad de circulación peatonal y residencial. Movilidad y control de acceso en zonas y calles peatonales. Control de accesos al centro histórico.
IV. Bicicletas y otros vehículos sin motor: Bicicletas. Sistema público de préstamo.
V. Circulación de vehículos a motor: Normas generales de circulación. Transporte público de viajeros. Motos, ciclomotores y vehículos análogos. Escuelas particulares de conductores. Vehículos de transporte de mercancías. Servicios de urgencia y especiales. Transportes de seguridad. Transportes funerarios.
VI. Limitación a los usos de la vía pública: Medidas excepcionales de circulación. Usos prohibidos en la vía pública. Parada y estacionamiento. Reser- vas de espacio público. Aparcamiento para vehículos diferenciados. Carga y descarga. Carreras, concursos, certámenes u otras pruebas deportivas en la vía pública. Regulación del servicio de estacionamiento de duración limitada en superficie.
VII. Procedimiento sancionador: Responsabilidades y procedimiento sancionador. Tipificación de infracciones y sanciones. Graduación, reducciones y otras medidas.