El empresario de la plaza de toros Ribera del Duero ha recibido un nuevo varapalo judicial en forma de sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Burgos que, además, supone en apenas seis meses, el tercer fallo desfavorable a las reclamaciones judiciales emprendidas por la adjudicataria, Toros Ricor.
Este tribunal se ha pronunciado sobre el recurso interpuesto contra los acuerdos adoptados por el Ayuntamiento en marzo de 2008 por los que se ordenó la paralización de las obras que se estaban llevando a cabo en el recinto, y se decidía incoar tanto procedimientos de restauración de la legalidad y sancionador por infracción urbanística como de incoación de la caducidad de la licencia de obras, rechazando las demandas de la adjudicataria y respaldando la actuación del Consistorio arandino.
El fallo, dictado el pasado día 3 y notificado el viernes, desestima el recurso interpuesto contra la orden de detener de manera inmediata las obras y demás actos de uso del suelo de la plaza de toros. De hecho, es el punto que analiza en más profundidad, considerando que esta decisión es una consecuencia legal y necesaria, impuesta por el artículo 341 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, de no estar amparado por licencia «o haberse separado de los términos de la misma», asegura la Plataforma Ciudadana por la Plaza de Toros.
Un planteamiento que fundamenta en las dos sentencias previas, que el juzgado asume de forma íntegra, y que también rechazaron los recursos interpuestos por Toros Ricor. En ellas, por un lado, se desestimó la demanda interpuesta por la denegación de la licencia de apertura definitiva del coso por entender que el proceso aún no ha concluido al estar pendiente de cumplir una serie de requerimientos, y por el otro se advierte de que la instalación no podrá tener licencia de apertura mientras el coso no cuente con los aparcamientos que fija el PGOU.
Por otro lado, el Juzgado Contencioso Administrativo inadmite el recurso contra los inicios de los procedimientos de restauración de la legalidad, de procedimiento sancionador por infracción urbanística y de caducidad de la licencia de obras por considerar que son hechos previos o de mero trámite no recurribles.
Desde la Plataforma Ciudadana por la Plaza de Toros se recuerda que esta sentencia, que es recurrible en apelación en un plazo de 15 días, se cierran los procesos judiciales emprendidos por Toros Ricor, todos ellos con resultado desfavorable para la misma «lo que pone de manifiesto la ilegalidad con la que dicha empresa ha actuado, como reiteradamente ha denunciado esta plataforma», concluye el colectivo.