Cuestionan la «humanidad» de la prisión permanente revisable

I.E.
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La Pastoral Penitenciaria organiza una mesa redonda cuyos participantes estiman que la ley española ya poseía condenas suficientemente duras. Critican que la nueva medida no facilita la reinserción

En un momento en que la prisión permanente revisable está de plena actualidad, con asesinatos vinculados a Burgos cuyos autores se enfrentan a esta pena -Daniel M., que mató a una bebé burgalesa en Vitoria arrojándola por una ventana, y Ana Julia Quezada, que quitó la vida al pequeño Gabriel en Almería- no está de más reflexionar  sobre esta ‘nueva’ medida de reclusión carcelaria. La Pastoral Penitenciaria de Burgos organizó ayer una mesa redonda en la que sus cuatro participantes pusieron en tela de juicio «la humanidad» de esta condena y subrayaron que las penas anteriores a la reforma del Código Penal de 2015 «ya eran suficientemente duras».

Puerto Solar, jurista de la cárcel de El Dueso (Cantabria), sacó a colación el caso de Suárez Trashorras, único español condenado por el atentado del 11-M, para ilustrar el «absurdo» de esta pena. El reo pidió que le fuera impuesta la prisión permanente revisable en lugar de cumplir los 40 años que como máximo permitía la legislación española. Una solicitud que pone de manifiesto que la «legislación anterior ya era suficientemente dura». Pero es que el Supremo rechazó su reclamación y advirtió de que «no hay datos para considerar que la reducción del tiempo de cumplimiento de la pena de prisión permanente revisable pudiera ser considerada como razonable». Es decir, agregó Solar, que el Alto Tribunal «pone en duda la humanidad de la medida».

En su opinión, el establecimiento de esta nueva pena ha estado «motivada por creencias y opiniones, no se ha basado en los datos». La tasa de delitos graves que se cometen en España «es muy inferior a la media europea, con lo que la medida no es necesaria». Además, la prisión permanente revisable «impide una aplicación individualizada de la pena y crea dificultades insalvables a la hora de facilitar la reinserción social de los reclusos». Además, criticó que el sometimiento a tratamiento sea voluntario, cuando se trata de una condición indispensable para lograr la revisión de este tipo de condenas.

El director de la cárcel de Burgos, Luis Carlos Antón, hizo un repaso de la justificación de motivos que esgrimió el legislador para instaurar esta medida de reclusión, en la que ya dejó entrever que no estaba muy de acuerdo con la pena. «Cuando intentamos defender...». Después fue muy escueto y dijo: «Yo creo en la humanidad de las penas y en la suficiencia de las anteriores».

«¿La prisión permanente revisable contribuye a superar el duelo de las víctimas?», se preguntó Ana García Borné, abogada del Servicio de Orientación y Asistencia Jurídica Penitenciaria. A su juicio, «la venganza sirve para cronificar el dolor», respondió ella misma. Asimismo, manifestó que esta condena es un ejemplo del «error» que representa «legislar en caliente y para obtener réditos electorales» y advirtió, por otro lado, de que «esta pena no sirve para disuadir al delincuente ni añade eficacia a la persecución de los delitos».

Para el capellán de la cárcel de Topas (Salamanca), Emiliano Tapia, la prisión permanente revisable «es una trampa» que pone en evidencia que las «cárceles no sirven para reinsertar». Además, legislar así, enfatizó, revela «el fracaso de la sociedad a la hora de remediar los problemas que ella misma crea». Por su experiencia, aseguró que «cualquier persona que pase más de dos años en prisión sale con un deterioro mayor». Criticó que el sistema «no posea las herramientas para facilitar la vida fuera a quienes salen de la cárcel» e hizo un llamamiento para trabajar «en barrios desfavorecidos para prevenir la delincuencia».