Tanto el Tribunal Superior de Castilla y León como el Juzgado de lo Social número 3 de Burgos, que vio el asunto en primer término, calificaron el despido de improcedente en aplicación de la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y condenaron a Defensa a optar entre la admisión de las trabajadoras en el mismo puesto y condiciones, o bien el pago de la correspondiente indemnización.